Nueva ilegalidad del alcalde de Pelayos
Por primera vez y en un hecho sin precedentes en Pelayos de
la Presa, el alcalde, Herminio Cercas,
no ha convocado al pleno ordinario que, según ley y acuerdo plenario,
debía celebrarse durante este mes de marzo. Según aparece en el acta del pleno extraordinario del 22 de junio de 2011 en el punto 3. Aprobación del régimen de
sesiones ordinarias del pleno:
“Por la Secretaria se da lectura a la siguiente propuesta de la Alcaldía:
“Por la Secretaria se da lectura a la siguiente propuesta de la Alcaldía:
De conformidad con lo
establecido en el art. 46 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, el Pleno celebrará sesión ordinaria como mínimo cada
tres meses en los municipios de hasta 5.000 habitantes, no obstante, el Pleno
puede determinar una mayor frecuencia si lo estima oportuno.
Esta Alcaldía propone
al Pleno de la Corporación Municipal celebrar cada tres meses sesiones
ordinarias del pleno, teniendo lugar éstas en los meses de marzo, junio,
septiembre y diciembre.”
Así mismo, la Ley de Bases de Régimen Local establece que
los municipios de menos de 5000 habitantes han de celebrar un pleno ordinario
cada 3 meses. Además, el último pleno ordinario se celebró el pasado mes de
diciembre. Es sólo al alcalde a quien compete la convocatoria del pleno. Por lo
tanto, es el único responsable de haberse saltado la legalidad que el mismo
decretó con su mayoría absoluta.
Una vez más, el alcalde de Pelayos de la Presa se salta la ley en mi opinión por varias razones:
Una vez más, el alcalde de Pelayos de la Presa se salta la ley en mi opinión por varias razones:
- Porque es así como entiende la democracia. Si no
le gustan las mociones o las preguntas que se han presentado en tiempo y forma
por parte de la oposición y queda poco tiempo para las elecciones porqué se va
a molestar en contestar. Es interesante señalar
que éste hubiera sido el último pleno ordinario de su largo mandato.
- Además, no se presenta de nuevo a alcalde con
que tampoco desea que algunas de las votaciones o respuestas pueda afectar al
concejal designado a presentarse como candidato
a la Alcaldía o a los futuros concejales de su grupo municipal.
- Por razones de cobardía política no se atreve a
enfrentarse a cuestiones directas sobre su gestión municipal. En el día de hoy
ha estado realizando la última inauguración permitida por la ley en el
municipio y por la tarde en la presentación de los candidatos del PP de la zona
oeste. No es un problema de salud
personal, sino de alergia a la democracia.
Otro ejemplo que se suma al incumplimiento de numerosas
leyes en el municipio, incluso las suyas, demostrando de nuevo que la
transparencia y el cumplimiento de la ley es algo que ha de hacerse fuera de
las "fronteras" de este municipio, ya que en Pelayos de la Presa solo
impera la palabra de la alcalde como ley, sin que se tenga en cuenta la voz de
los/as vecinos/as. Queda más claro que nunca que hace falta un cambio de aires
político para que se haya normalidad democrática y libertad en el municipio.
Os dejo las mociones y preguntas que habían sido
presentadas. Si no hay razones de fuerza mayor para no haber convocado el pleno ordinario, las
opciones son que a partir de ahora solo se convoquen pleno extraordinarios en
lo que no se admiten preguntas. ¿A qué preguntas el Alcalde no quería contestar en este pleno ordinario?Etiquetas: ayuntamiento, democracia, Derechos, economía, infraestructuras, laboral, Medio Ambiente, Memoria Histórica, Pelayos de la Presa, plenos, redes sociale, s protección de datos
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