miércoles, abril 29, 2015

Acta del pleno extraordinario del 14 de abril de 2015

miércoles, abril 22, 2015

A vueltas con las deudas "prescritas o anuladas" por el Ayuntamiento de Pelayos

Como habréis podido leer en el resumen del pleno del pasado 14 de abril, el alcalde se puso muy nervioso cuando le pedí explicaciones sobre las deudas perdonadas por diversas razones por parte del Ayuntamiento, especialmente aquellas en las que, según la información aparecida en el periódico A21, el formó parte del consejo de administración en algún momento.

 Como comentó la portavoz socialista, los expedientes de “anulación de obligaciones” se llevan produciendo  desde hace tiempo. Estoy seguro que en algunos casos podría haber justificación para ello, pero no en todos los casos como el citado. Revisando documentos he localizado el listado de empresas u otros entes a las que se les ha perdonado deuda en otros momentos. Y me ha llamado la atención, lo que ha ocurrido con una empresa llamada Chikabika. Os pongo en primer lugar en contexto sobre esta empresa.

Chikabika es una empresa que se ha llevado bastantes obras concedidas por el ayuntamiento. En un pleno de 2008 realizamos esta pregunta al Alcalde de Pelayos de la Presa que tragó saliva, se sintió incómodo y se limitó a contestar lo siguiente:
Acta del pleno de 16 de diciembre de 2008. Actacompleto
En un pleno de septiembre de 2012, al comienzo del mismo, se solicitó permiso al alcalde para grabarlo y el alcalde no lo concedió: No podemos, por tanto, escuchar lo que dijo y cómo lo dijo pero sí leer lo que quedó reflejado en el acta.
Acta del pleno de 28 de septiembre de 2012. Acta completo.
Aclarar, no aclaró mucho. Y esta empresa ha seguido haciendo obras en el pueblo. Puede que se trate de obras menores, aquellas que cuestan menos de 50.000 euros y que se pueden adjudicar sin concurso, pero si haces muchas es un buen negocio. Respecto a esto podéis leer el artículo 138 de la Ley de Contratos del Sector Público con la administración pública en su apartado 3:

3. Los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 111.
Se consideran contratos menores los contratos de importe inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 206 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.
Algunos recordareis que pregunté al alcalde por qué los trabajadores de esta empresa estaban trabajando en la Avda. de Marcial Llorente, sin tener adecuadas medidas de seguridad. Yo mismo hablé con los trabajadores a pie de obra y me intentaron engañar diciéndome "ahora nos ponemos los reflectantes que los tenemos en la furgoneta". Volví a pasar por la obra al rato y no los tenían puesto. Cuando les fui a recordar el tema de la seguridad, me dieron la espalda y ya no quisieron hablar conmigo. Alguien les había puesto en alerta sobre quién era yo.
El pasado mes de noviembre, solicité al Alcalde que me facilitara las fechas y los importes de las obras que hasta la fecha había hecho esta empresa para el Ayuntamiento. Aquí los podéis ver a continuación. El dato de 2014 es a ejercicio no cerrado, por lo que la cantidad podría ser mayor. Estuvieron trabajando en el último tramo de la Avda. de Marcial Llorente hasta que entró en vigor el mal llamado “convenio social” de colaboración del que ya os he hablado en mi blog en otras ocasiones. 
Ahora os cuento lo que ocurrió con la deuda de esta empresa en 2012. Según el documento que podéis leer abajo, se procedió a la anulación de obligaciones procedentes de ejercicios cerrados a Chikabika, por error contable, duplicidad, falta de justificante y otros motivos por una cantidad de:
-          1.572,11 euros en 2008
-          3.799,11 euros en 2012
En total, 5.371,22 euros. Pienso en primer lugar que en el listado debería incluir una columna más para saber exactamente porqué estas deudas fueron prescritas o anuladas. Lo segundo que no entiendo es que sigan dando obras a una empresa que no cumple con las normativas de seguridad a la vista de todo el mundo y siempre con contratos de menos de 50.000 euros. 

En tiempos en los que se están recortando los presupuestos del Ayuntamiento año tras año, es extraño que no se haga todo lo posible por recuperar fondos que podrían utilizarse para mejorar cosas en el pueblo. Si no estoy equivocado, las cifras perdonadas o no cobradas por diferentes razones podrían estar cerca de los 300.000 euros sólo en los últimos tres años.
Os dejo el documento completo: 

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viernes, abril 17, 2015

Resumen del pleno extraordinario del 14 de abril de 2015

Al comenzar el pleno solicité autorización al alcalde para grabar el pleno y volvió a insistir en que yo no podía grabarlo, pero si una vecina que asistía al pleno. El movil usado como grabadora fue situado a menos de tres metros de mi lugar.
El pleno se inició con un recuerdo del que fuera alcalde de Pelayos, Martin Ramos fallecido recientemente apoyado por todos los grupos.
A continuación se aprobó el acta de la sesión anterior sin ninguna modificación. 
En el punto 2: Dar cuenta al pleno de la resolución de la Alcaldía de aprobación de la liquidación del presupuesto correspondiente al ejercicio 2014 hubo polémica. La portavoz socialista recordó al alcalde que seguían sin cobrarse deudas por parte de la oficina de recaudación. Por mi parte, le recorde al alcalde que según ha aparecido en prensa  ha perdonado deudas a empresas de las que ha formado parte en el consejo de administración a lo que respondió "tu que cojones vas a saber si no tienes ni puta idea de donde vives".  Lógicamente, yo no entro en este tipo de lenguaje. El alcalde dijo que yo había metido la noticia en la prensa, cosa que no es cierta dado que la noticia viene firmada el periódico A21 por la asociación Sierra Oeste Desarrollo S.O.S.tenible (periódico A21 página 19) de la que no formo parte.

También insistió en que "no tiene que explicarme nada." Al final afirmó que "se han perdonado deudas de unas empresas que yo vendí en su momento". 
Se produjo un hecho cómico dado que para zanjar el tema el alcalde dijo que se votaba, algunos concejales del PP levantaron la mano para aprobarlo. La secretaria y la oposición recordó al alcalde que no había que votar nada. Y añadí: "Nos hemos quedado sin explicación". La concejal del PP, Pilar Carbajo, apostilló: "Si ya la sabes, tú"...

Los puntos 3, 4 y 5 se aprobaron por unanimidad.
En el punto 6 de presentó la carta del Canal que fue enviada al ayuntamiento a finales de diciembre y que yo ya había publicado a mediados de enero...
Moción para otorgar el nombre de Esteban Redondo a una calle o espacio público del municipio. Rechazada por 10 votos, 8 del PP, 2 del PSOE y uno a favor, el mío.
Moción para sustituir la plaza del Generalísimo por la plaza de la Constitución rechazada por 8 votos del Partido Popular y tres a favor, dos del PSOE y el mío.

El alcalde cerró tan rápido la sesión que rechazó contestar a la portavoz socialista cuando le pidió que explicara por qué no había convocado el pleno ordinario donde se tendrían que haber contestado las preguntas presentados en tiempo y forma antes del pleno. Yo lo he preguntado por escrito, junto con las preguntas que evitó contestar en el pleno. En cuanto, tenga las respuesta, las publicaré. El alcalde aún tiene tiempo de contestar antes de dejar el cargo.

Os dejo el audio completo del pleno:

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miércoles, abril 15, 2015

Acta de la comisión de cuentas de 25 de noviembre de 2014

Acta aprobada del pleno del 19 diciembre

El PP de Pelayos vota por quinta vez mantener la Plaza del Generalísimo

En el pleno celebrado el 14 de abril, día en el que se proclamó la II República,  en el Ayuntamiento de Pelayos de la Presa se debatía una moción para sustituir la Plaza del Generalísimo por la Plaza de la Constitución. En cuatro ocasiones anteriores  desde que se aprobó la Ley de la Memoria Histórica y con las excusas más variopintas el alcalde, Herminio Cercas, y su grupo municipal habían votado en contra. 
Esta denominación de la plaza donde se encuentra el Ayuntamiento no solo afecta de manera presencial a las placas del viario, sino que asocia el nombre del Ayuntamiento de Pelayos de la Presa al incumplimiento permanente de la ley y además, aparece automáticamente en el encabezado de todas las comunicaciones oficiales del municipio, físicas y telemáticas.
Además, el Defensor del Pueblo remitió una resolución no vinculante al Alcalde a mediados del año pasado subrayando la necesidad de cumplir la ley y renombrar las calles que exaltan personalmente al impulsor del quebrantamiento del orden constitucional de la República mediante un alzamiento militar. Hace dos años se presentó una escrito en la Fiscalía de Madrid solicitando su intervención ante el flagrante incumplimiento de la ley por parte del Ayuntamiento de Pelayos de la Presa. Se adjuntaron los actas de los cuatro plenos donde el PP había votado en contra, la resolución del Defensor del Pueblo y un escrito de denuncia. De forma vergonzosa, la Fiscalía contestó en un folio que no era admitida, sin ninguna justificación jurídica alguna.
Con todos estos antecedentes y la palabras hace unos meses del alcalde en varios medios de comunicación indicando que estaban estudiando el cambio del viario y que lo llevarían a efecto antes de terminar este periodo de cuatro años, cabía la posibilidad de que finalmente decidieran cumplir la ley. No fue así, el PP de Pelayos de la Presa volvió a usar su mayoría absoluta para tumbar la propuesta. La votación es concluyente ocho votos a favor del PP de mantener la Plaza del Generalísimo y tres a favor dos del PSOE y el mío como concejal no adscrito.
Una vez  más, se demuestra la dificultad para que se cumplan las leyes en España y la impunidad con las que algunos gobiernan. Ni el juramento al tomar el cargo de "cumplir y hacer cumplir la ley", ni la recomendación de la Defensora del Pueblo, ni las sugerencias de algunos miembros del Partido Popular de Madrid han hecho entrar en razón al alcalde y a sus concejales. 
Sin embargo, el asunto no ha terminado. El Alcalde ha puesto en riesgo de inhabilitación a su candidato a alcalde y a los concejales que hayan estado presentes en estas votaciones y sean elegidos en las próximas elecciones del 24 de mayo. Voy a estudiar todas las posibles acciones legales a mi alcance, desde una denuncia por prevaricación por votar en contra de una moción a sabiendas que la ley les obliga a apoyarla hasta un contencioso administrativo para que se cumpla la ley. El que avisa no es traidor. Llevará tiempo y lucha pero se conseguirá.

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lunes, abril 06, 2015

Impugnadas las bases de la convocatoria del concurso oposición de ADL

Tras estudiar las bases de la convocatoria para cubrir 1 plaza de AEDL (Consolidación de empleo temporal) y 1 plaza de Auxiliar Administrativo publicada en la web del ayuntamiento de Pelayos de la Presa el pasado 3 de marzo, he decidido impugnar las bases de la convocatoria para cubrir la plaza de AEDL por, entre otras cosas, como la que adjunto en el pantallazo:

En mi opinión, son poco transparentes en cuanto a la composición del Tribunal calificador, claramente injustas en el orden de realización de la misma y violan el principio de igualdad al concender hasta seis puntos a la persona que ya ha estado trabajando en ese puesto y que está emparentada en primer grado con el Primer Teniente de Alcalde de Pelayos de la Presa. Escrito de impugnación a continuación.

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